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06-10-2023
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El conductor de un camión septuplica la tasa de alcohol permitida a su paso por la A5 a la altura de Miajadas

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 Agentes de la Guardia Civil de Tráfico de Navalmoral de la Mata han investigado al conductor de un camión que fue detectado en la autovía A-5 a la altura de Miajadas con síntomas evidentes de ir conduciendo bajo los efectos de bebidas alcohólicas, dando como resultado siete veces más de la tasa permitida.

Los hechos tuvieron lugar en la tarde del pasado domingo, 1 de octubre, cuando un ciudadano avisó a la central 062 de la Comandancia de Cáceres acerca de la circulación irregular, por la autovía A-5, de un vehículo pesado que circulaba arrastrando un semirremolque de masa máxima de 35.000 kilos, lo que acrecentaba el peligro potencial de la conducta del camionero.

Una patrulla de Seguridad Ciudadana logró interceptar al camión y proceder a su detención en lugar seguro, cuando se encontraba próximo a la localidad de Miajadas.

Los agentes observaron síntomas evidentes de que el conductor se encontraba bajo los efectos de bebidas alcohólicas, por lo que dieron aviso a una patrulla de Tráfico, que pudo constatarlo al realizarle las pruebas pertinentes, arrojando un resultado positivo de 1,17 y 1,16 mg/l. de alcohol en aire espirado, cuando la tasa máxima permitida de alcohol para conductores profesionales es de 0,15 mg/l., por lo que superaba en más de siete veces mencionada tasa.

Penas

El conductor, un varón de 34 años, fue puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de Guardia de Trujillo, por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial, consistente en ejercer la conducción de un vehículo a motor, superando las tasas de alcoholemia legalmente establecidas.

La Guardia Civil quiere concienciar a los ciudadanos en general y a los usuarios de las carreteras en particular, del peligro que generan este tipo de conductas. Tratándose, además, de un delito expresamente recogido en Código Penal, que puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

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